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Nuevo portal de denuncias en caso de maltrato, discriminación arbitraria y acoso sexual por parte de funcionariado municipal

En el marco del Protocolo contra el Maltrato, la Discriminación Arbitraria y el Acoso Sexual, la Municipalidad de Ñuñoa habilitó un portal de denuncias para proteger al funcionariado, pero también a vecinas y vecinos, sancionando conductas que atenten contra su dignidad.

El objetivo de este mecanismo es detectar conductas que eventualmente podrían constituir maltrato, discriminación arbitraria y acoso sexual, contribuyendo de este modo, a mitigar la ocurrencia de acciones o situaciones asociadas a ciertos delitos.

En este sentido, cualquier persona que trabaje en la Municipalidad de Ñuñoa, independiente su calidad jurídica, sea planta, contrata, honorario, código del trabajo y alumnado en práctica; o cualquier persona que circule por la comuna, que sufra o conozca de hechos definidos como maltrato, acoso laboral y/o sexual de parte del funcionariado municipal, tiene derecho a denunciarlos mediante el canal que hemos dispuesto en nuestra página web.

Asimismo, la o él denunciante podrá completar este formulario y entregarlo impreso en sobre cerrado a nombre de: Comité Contra el Maltrato, la Discriminación y el Acoso, en la Oficina de Partes del Municipio ubicada en Irarrázaval n° 3550, 2° piso, de lunes a viernes, entre 9:00 y 13:30 horas, o enviarlo al correo electrónico: protocoloacoso@nunoa.cl.

Procedimiento

1.1 Recepción de la denuncia:

La persona afectada podrá evaluar su situación particular y hacer la denuncia respectiva mediante los canales anteriormente mencionados. En este sentido, la denuncia deberá ser fundada y deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Individualización completa de la o él denunciante (nombre, apellido, RUT, correo electrónico personal y teléfono de contacto).
  2. Individualización de la o él denunciado.
  3. Relato detallado de los hechos materia de la denuncia con indicación de lugares, fechas y horas.
  4. Especificar los antecedentes y documentos que le sirvan de fundamento, cuando ello sea posible.
  5. En caso que corresponda, identificar a funcionariado y otros que tengan conocimiento del evento denunciado y puedan actuar como testigos del proceso. En lo posible, indique nombre completo, rut y vínculo con la municipalidad.
  6. Quien denuncia recibirá copia de la denuncia a su correo personal de forma automática.

1.2 Notificación y proceso de la denuncia:

Una vez ingresada la denuncia, el Comité notificará la recepción de los antecedentes y el inicio del procedimiento en un plazo no mayor a cinco días hábiles administrativos, tras ello, el Comité podrá, en caso que corresponda, citar a una reunión para indagar en los aspectos esenciales que conformen la denuncia.

Tras dicha sesión, el Comité procederá a emitir un informe sobre los indicios que podrían eventualmente constituir una situación de maltrato, discriminación arbitraria y/o acoso sexual. El informe contendrá la identificación de las partes involucradas, un relato de los hechos y las pruebas aportadas por el denunciante.

Además, podrá sugerir ciertas acciones destinadas a mitigar la situación, así como el inicio de una investigación sumaria a efectos de determinar las eventuales responsabilidades administrativas de quienes resulten involucrados. Sin perjuicio de ello, la máxima autoridad comunal es la llamada determinar qué sugerencias adoptará, de acuerdo con el mérito de los antecedentes aportados.

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